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Mié 21 octubre 2026

BCP informa que Atlas no tiene sumarios en curso ni registra nuevas sanciones desde 2017

El Banco Central del Paraguay respondió al pedido de informes de la Cámara de Diputados sobre los controles aplicados a Banco Atlas. El documento reconoce dos sanciones impuestas en 2017 por incumplimientos vinculados con su actividad fiduciaria, pero sostiene que las verificaciones posteriores no aportaron elementos para adoptar nuevas medidas sancionatorias.

El Banco Central del Paraguay (BCP) comunicó a la Cámara de Diputados que Banco Atlas no registra sumarios administrativos en curso a la fecha del informe y que no se identifican sanciones posteriores a 2017. La respuesta aborda los controles realizados sobre la entidad y las consultas legislativas relacionadas con los casos Nicolás Leoz, Instituto de Previsión Social (IPS), Juan Carlos Ozorio y Paraqvaria.

El informe técnico, fechado el 14 de octubre de 2026 y suscrito por el superintendente de Bancos, Holger Aníbal Insfrán Ibarrola, responde al requerimiento aprobado mediante la Resolución N.º 5704. Fue remitido a la Presidencia de Diputados mediante una nota del 15 de octubre.

La posición central del organismo es que una investigación o acusación penal contra autoridades de una entidad financiera no determina, por sí sola, la apertura de un sumario administrativo. Para ello, sostiene, deben existir elementos objetivos que permitan identificar posibles infracciones a las normas bajo su supervisión.

Dos sanciones por la actividad fiduciaria

El BCP detalló dos procedimientos administrativos que concluyeron con sanciones en 2017 contra Banco Atlas y miembros de sus órganos de administración.

El primero estuvo relacionado con incumplimientos del deber de comunicación a la Superintendencia de Bancos y falta de diligencia en la gestión fiduciaria. Las conductas fueron calificadas como faltas graves y derivaron en una multa de 200 salarios mínimos para el banco, además de multas de 20 salarios mínimos a los directores involucrados.

El segundo procedimiento correspondió a reiterados retrasos en la remisión de estados financieros e informes de fideicomisos. En este caso, las faltas fueron calificadas como leves y se aplicó una multa de 50 salarios mínimos a la entidad, junto con multas de cinco salarios mínimos a los directores involucrados.

Según el informe, ambas sanciones quedaron firmes y fueron confirmadas judicialmente en 2021.

El organismo también indicó que Atlas comunicó medidas para corregir las deficiencias, entre ellas la contratación de un profesional contable y el fortalecimiento de su Departamento Fiduciario. Agregó que una supervisión realizada en 2021 verificó que la entidad no había reiterado los incumplimientos en la remisión de información fiduciaria.

Caso Leoz: advertencia en 2016 y controles posteriores

Sobre los antecedentes relacionados con Nicolás Leoz, la Superintendencia informó que en 2016 emitió una comunicación formal a Banco Atlas acerca de los riesgos legales y reputacionales asociados con determinados negocios fiduciarios.

El BCP precisó que aquella comunicación constituyó una advertencia sobre el deber de diligencia y la gestión de riesgos de la entidad. Según explicó, no se trató de un plan de adecuación con exigencias de reportes individuales, por lo que su seguimiento se mantuvo dentro del monitoreo prudencial general.

Respecto de la consulta sobre una revisión a partir de la acusación contra Miguel Ángel Zaldívar y otros directivos, el organismo señaló que durante 2025 realizó tareas de supervisión en materia de riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Según la Superintendencia, dentro del alcance de esas actuaciones no se identificaron elementos que determinaran medidas administrativas adicionales. Añadió que otras verificaciones sobre debida diligencia tampoco evidenciaron que la gestión preventiva de la entidad hubiera sido afectada por causas atribuibles a esa imputación.

Fideicomiso del IPS: el BCP delimita su intervención

La Cámara también consultó por el fideicomiso IPS–Banco Atlas, al que vinculó con operaciones de hasta G. 828.800 millones, y pidió detalles sobre las investigaciones y controles realizados.

En su respuesta, la Superintendencia sostuvo que la información obtenida no evidenció elementos de impacto regulatorio que permitieran iniciar actuaciones para determinar responsabilidades atribuibles al fiduciario. También indicó que no recibió denuncias o reclamos de las partes involucradas que alertaran sobre un posible conflicto de interés.

Ante las preguntas sobre instrucciones, desembolsos y movimientos de recursos, el BCP señaló que esos aspectos corresponden a la gestión y gobernanza del fideicomiso y a los sistemas de control del fideicomitente.

De esta manera, el organismo delimitó su respuesta al ámbito de la supervisión financiera, sin presentar una validación individual de cada operación consultada por los diputados.

Ozorio y Paraqvaria

En relación con Juan Carlos Ozorio y la investigación denominada “A Ultranza”, el BCP realizó una precisión: Banco Atlas no actuó como fiduciario del patrimonio autónomo consultado, sino como acreedor y beneficiario de la garantía fiduciaria.

El informe sostiene que los elementos de público conocimiento no generaron indicios de incumplimiento de los sistemas preventivos de Atlas que justificaran una supervisión puntual.

Sobre las consultas relacionadas con Matrix y Paraqvaria, la Superintendencia informó que requirió documentación complementaria y evaluó los procedimientos de debida diligencia aplicados por el banco.

Según su conclusión, Atlas actuó razonablemente conforme a las exigencias regulatorias y la información disponible al momento de las evaluaciones. El organismo afirmó que no detectó inobservancias normativas en las políticas preventivas y de gestión de riesgos examinadas.

Los antecedentes fueron evaluados individualmente

Diputados preguntó además si los distintos casos habían sido analizados conjuntamente como posibles indicadores de un patrón de riesgo en la actividad fiduciaria de Atlas.

La Superintendencia respondió que los casos fueron examinados individualmente, de acuerdo con sus características particulares, y que los hallazgos, medidas y sanciones constituyen insumos para orientar futuras supervisiones.

El informe distingue así los antecedentes sancionatorios de 2017 de las verificaciones posteriores, para las cuales el BCP sostiene que no encontró fundamentos para nuevas sanciones. Esa conclusión corresponde al ámbito administrativo y al alcance de los controles descritos; no constituye una resolución sobre las responsabilidades penales mencionadas en el pedido legislativo.

La documentación fue enviada en sobre cerrado. En la nota de remisión, el Banco Central invocó el deber de secreto previsto en su carta orgánica y señaló que esa obligación también alcanza a la Cámara receptora.

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