El diputado Daniel Centurión presentó un proyecto de ley que busca castigar penalmente a adultos, padres, tutores y funcionarios públicos que participen de manera deliberada en la celebración de matrimonios prohibidos con personas menores de 18 años. Las penas previstas alcanzan hasta cinco años de prisión y podrían agravarse en casos de violencia o coacción.
El diputado nacional Daniel Centurión, de la Asociación Nacional Republicana (ANR), presentó ante la Cámara de Diputados una iniciativa legislativa que pretende incorporar al Código Penal paraguayo una figura específica para sancionar la celebración dolosa de matrimonios prohibidos con niños, niñas y adolescentes.
El proyecto, fechado el 22 de octubre de 2026 y dirigido al presidente de la Cámara Baja, Raúl Latorre, propone incorporar el artículo 224 bis a la Ley N.º 1160/1997, Código Penal, con el objetivo de establecer responsabilidades penales concretas para quienes intervengan conscientemente en este tipo de uniones.
¿QUÉ PENAS CONTEMPLA EL PROYECTO?
La iniciativa establece diferentes sanciones según la participación de cada persona:
- Adultos que contraigan matrimonio con menores de 18 años: hasta tres años de prisión o multa, siempre que conozcan la edad de la persona menor y el matrimonio llegue a celebrarse.
- Padres, tutores o responsables legales: hasta tres años de prisión o multa cuando promuevan, organicen o faciliten deliberadamente la celebración del matrimonio prohibido mediante actos concretos que contribuyan a su realización.
- Funcionarios públicos: hasta cinco años de prisión cuando autoricen o celebren un matrimonio prohibido, con conocimiento de la edad de los contrayentes y de la prohibición legal.
- Casos de violencia, amenazas graves o coacción: las penas podrán incrementarse hasta la mitad, bajo las condiciones establecidas en el proyecto.
Un aspecto importante es que la propuesta excluye expresamente de responsabilidad penal a los menores de 18 años que participen de estas uniones.
Asimismo, establece que el simple acompañamiento familiar, la presencia en la ceremonia o el conocimiento de la relación no serán suficientes, por sí solos, para configurar un delito.
CENTURIÓN BUSCA QUE LA PROHIBICIÓN TENGA CONSECUENCIAS PENALES
La iniciativa surge después de que la Cámara de Diputados otorgara media sanción al proyecto de ley que pretende prohibir el matrimonio de personas menores de 18 años, eliminando las excepciones actualmente contempladas en la legislación civil.
En ese contexto, Centurión plantea que la prohibición debe estar acompañada de sanciones específicas para evitar que la normativa quede sin mecanismos efectivos de cumplimiento.
El legislador considera necesario establecer responsabilidades individuales para quienes intervengan deliberadamente en matrimonios prohibidos, especialmente cuando se trate de funcionarios públicos encargados de autorizar estas uniones.
PROTECCIÓN DE MENORES Y RESPONSABILIDAD DE LOS ADULTOS
La propuesta sostiene que la intervención penal debe concentrarse en las conductas más graves, respetando los principios de legalidad, culpabilidad y proporcionalidad.
También contempla la posibilidad de sancionar la tentativa bajo las condiciones establecidas por el Código Penal, así como la agravación de las penas cuando se utilicen mecanismos de violencia, amenazas graves o coacción.
El texto aclara que las sanciones solamente podrán aplicarse mientras exista una prohibición civil vigente sobre matrimonios con personas menores de 18 años.
EL PROYECTO DEBERÁ SER ESTUDIADO POR EL CONGRESO
La propuesta de Centurión todavía debe atravesar el proceso legislativo correspondiente, por lo que las penas planteadas no se encuentran vigentes.
Mientras tanto, el proyecto que busca establecer los 18 años como edad mínima para contraer matrimonio, sin excepciones, ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados y debe continuar su estudio en el Senado.
